- Muertes por abortos mal practicados
- Esterilidad en mujeres
- Complicaciones graves para la salud de las mujeres
- Clandestinidad: Abortos en condiciones inseguras
- Corrupción (de médicos y agentes del Ministerio Público)
- Mayor Injusticia social
La ausencia de control sanitario no sólo provoca la muerte de mujeres por abortos mal practicados; también genera que sufran: hemorragias, infecciones, perforación del útero, infertilidad secundaria o definitiva y dolor pélvico crónico, entre otros padecimientos.
En México, entre 1995 y 1997, de cada 100 muertes maternas 8 se debieron a complicaciones por aborto. “El aborto fue la cuarta causa de muerte materna en el país, [...] representa un problema social y de salud pública por las serias implicaciones que tiene para la salud materna.”14
Generalmente, el costo está relacionado con la calidad del servicio médico, pero no hay ninguna garantía de que esto sea así.
Las mujeres que tienen suficiente dinero pagan por abortos clandestinos que no ponen en riesgo su salud y su vida, mientras que las pobres sí.
Las mujeres pobres, la gran mayoría de las mujeres mexicanas, son quienes más se arriesgan cuando abortan, independientemente de cuánto pagan porque les sea practicado un aborto.
Consecuencias indirectas
La atención a las mujeres con complicaciones de aborto inseguro consume, después de los partos normales, la mayor cantidad de los recursos gubernamentales destinados a la salud sexual y reproductiva
Muchas mujeres, debido a las secuelas del aborto, deben faltar a su trabajo o a la escuela
Afecta a los amigos cercanos y a los parientes, especialmente a los hijos de las mujeres que ya son madres; pues padecen los efectos emocionales y costos monetarios de la convalecencia o muerte de quien aborta
Ni el gobierno, ni la Iglesia católica, ni quienes se oponen a la despenalización del aborto se responsabilizan de la educación y manutención de los hijos que se obliga a tener a las mujeres que deciden abortar y no se les permite hacerlo. Se castiga a quien aborta, pero nadie se hace responsable de los hijos no planeados
Obligar a las mujeres a tener hijos no deseados no beneficia a nadie: ni a los hijos, ni a las mujeres, ni a las familias, ni a la sociedad en su conjunto
¿QUÉ BENEFICIOS GENERARÍA LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO?
Una mejor salud y una calidad de vida para las mujeres
La legalización del aborto permitiría tener más y mejor información para que el gobierno revise, modifique e implemente nuevas políticas en materia de educación sexual, acceso y uso de anticonceptivos modernos y consejería post aborto, fundamentalmente
Los abortos se realizarían en condiciones médicas oportunas, óptimas e higiénicas y por lo tanto disminuirían las muertes de mujeres y las secuelas físicas por abortos mal practicados
Desaparecería el “mercado negro” que, por la prohibición actual, hace imposible que en México se controlen las condiciones en que se realizan los abortos.
Se tendría un control sanitario y un mejor registro de los abortos. Disminuirían los gastos hospitalarios por atención a complicaciones debido a abortos inseguros: el gobierno podría administrar mejor el presupuesto destinado a la salud sexual y reproductiva.
En Suecia, la mortalidad relacionada con aborto disminuyó en un 99.9% en la década de los setenta en comparación con los años treinta. Este cambio ha sido ligado a la legalización del aborto.15
En Cuba, luego de la despenalización del aborto, se registró una importante disminución (800%) de muertes de mujeres en edad reproductiva, en de 25 muertes en 1969 a 3 muertes por cada 100 mil mujeres en 1979.16
Mayor justicia social
Se garantizaría el ejercicio de la libertad reproductiva, es decir el derecho a decidir cuándo y cuántos hijos tener, y las mujeres pobres ya no tendrían que arriesgar su integridad física.
Se fortalecería el Estado de Derecho y la democracia, pues se eliminarían medidas autoritarias que atentan contra la libertad, la salud y la vida de las personas.
¿QUÉ CONDICIONES SON NECESARIAS PARA DESPENALIZAR EL ABORTO?
Seguir respetando el Estado de derecho. México es un Estado laico. Por eso, actualmente el aborto no se castiga en siete circunstancias, atendiendo a razones médicas, legales y sociales y no a un credo religioso en particular:
* Embarazo producto de una violación (32 estados del país)
* Aborto imprudencial (29 estados)
* Riesgo de muerte para la mujer (27 estados)
* Malformaciones genéticas graves del producto (13 estados)
* Peligro para la salud de la mujer (9 estados)
* Inseminación artificial no consentida (8 estados)
* Por razones socioeconómicas (Yucatán)
Respetar el derecho, de mujeres y hombres, “a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos” (Artículo 4 ° de nuestra constitución). El Estado está obligado a respetar esta decisión, tanto antes como durante el embarazo.
Libertad de conciencia. La leyes deben respetar la libertad de conciencia de las personas, así como sus creencias y convicciones personales. Ninguna ley debe tener como objetivo el cumplimiento de normas religiosas particulares.
Respetar la libertad de creencia. En México hay un importante número de población católica, pero no todos los católicos cumplen con el mandato de la Iglesia católica de no abortar, no usar anticonceptivos y no divorciarse. Además, existen mexicanos con otras creencias religiosas: judíos, protestantes, testigos de Jehová, e incluso musulmanes, así como agnósticos y ateos. Para garantizar una convivencia armónica entre todos, la Constitución garantiza la libertad de creencia a toda persona (Artículo 24).
Papel del personal de salud. El personal médico tiene el derecho a no realizar abortos si así lo decide; y las mujeres que decidan abortar deben tener la garantía de que podrán hacerlo: las instituciones de salud pública deben garantizar un número mínimo de personal médico que atienda las solicitudes de aborto legal.
Esto sería un claro ejemplo de un Estado laico, como sucede en otros países:
Italia, España y Francia son países que, como México, tienen una población predominantemente católica y hace décadas han despenalizado el aborto sobre las bases del carácter no religioso del Estado:
Italia: En 1978 se despenalizó el aborto y es legal sin ninguna restricción en los primeros 90 días de la gestación. En 1982, ante la inconformidad de la Iglesia católica se organizó un referéndum y la gente votó a favor de mantener legal el aborto. Desde 1982 se ha observado una disminución en la demanda de abortos, pasó de 17 por cada mil mujeres a 10 por cada mil en 1993.17
España: El aborto se permite cuando el embarazo es consecuencia de una violación, cuando el feto presenta graves malformaciones y para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada. Felipe González, siendo presidente respondió al Papa: el Código Penal debe ser el mínimo común ético que nos homologue a todos, no puede usted pretender que yo sea el brazo civil ejecutor de la moral de la Iglesia, que respeto porque he sido educado en ella. Ese papel no es el nuestro [el del gobierno].18
Francia: La misma ley que autoriza a las mujeres a abortar, obliga a los médicos y enfermeras que no quieran participar en un aborto a dejar en su lugar a algún colega. La ley fue modificada recientemente para ampliar los plazos para interrumpir el embarazo de 10 a 12 semanas y permitir que las adolescentes puedan abortar sin la autorización de sus padres, si así lo desean19
Quizá el primer paso necesario para despenalizar el aborto en México sea que todos —ciudadanos y gobierno— “nos quitemos las máscaras”, para avanzar en la construcción de un país con leyes acordes con la realidad social y que respeten los derechos fundamentales de las personas: los derechos humanos. Un país más democrático y justo.
NOTAS
1 The State of World Population, UNFPA, Nueva York, 1997.
2 Aborto inducido a nivel mundial, Instituto Allan Guttmacher, Nueva York, 2001 [Hoja de datos].
3 Abortion: A Tabulation of Available Information, OMS, Ginebra, 1997.
4 Aborto inducido a nivel mundial, Instituto Allan Guttmacher, Nueva York, 2001 [Hoja de datos].
5 Unsafe abortion, OMS, Ginebra, 1998.
6 Abortion: A Tabulation of Available Information, OMS, Ginebra, 1997.
7 Unsafe abortion, OMS, Ginebra, 1998.
8 Declaración de Elena Zúñiga, Secretaria General del CONAPO, en La Jornada, 23 de abril del 2003, p. 42.
9 Panorama general del aborto clandestino en América Latina, Intituto Allan Guttmacher, Nueva York, 2001.
10 Mujeres y hombres. 2002, INEGI-INMUJERES, México, 2002; Cuadernos de Salud Reproductiva, CONAPO, México 2000.
11 “Relationship Between Contraception and Abortion”, IFPP, Nueva York, marzo 2003, V. 29, núm. 1.
12 Mujeres y hombres. 2002, INEGI-INMUJERES, México, 2002.
13 Luis de la Barreda Solórzano, El delito de aborto: una careta de buena conciencia, INACIPEPorrúa, México, 1991.
14 Cuadernos de Salud Reproductiva. República Mexicana, México, CONAPO, 2000, p. 69 y 70.
15 “Relationship Between Contraception and Abortion: A Review of the Evidence”, IFPP, Nueva York, marzo 2003, V. 29, núm. 1.
16 Abortion in Latin America, International Fertility Research Program, Carolina del Norte, 1989.
17 “Induced abortion in Italy”, IFPP, 1996, v. 28, núm. 6
18 Victoria Prego, Presidentes, Plaza & Janés, Barcelona, 2000, p. 198.
19 El proyecto y la exposición de motivos sobre la última modificación a la ley sobre aborto en Francia puede consultarse en una versión en español en la página electrónica de la embaja de Francia en México,
http://www.francia.org.mx/debates/diciembre/proyecto%20de%20ley